Inventario completo y detallado de reglas

Técnica del Contrapunto Atonal

Julien Falk — según la traducción de Carme Fernández Vidal

20 reglas generales 5 formas de escritura Monodia · Orquesta · Acorde pantonal
§ Preliminares

Introducción al sistema

El sistema atonal de Falk parte del modo de 12 sonidos obtenidos dividiendo la octava temperada. Las notas alteradas pueden notarse enarmónicamente (sostenidos o bemoles) según facilite la lectura. No hay armadura de clave.

Falk recomienda explícitamente abordar estos estudios solo tras completar el estudio de la armonía tonal y el contrapunto riguroso tonal y modal (§69).

Jerarquía de los intervalos base (§3–8)

Elemento Intervalo Observación
1.º Séptima mayor Todo el sistema reposa sobre este intervalo
2.º Novena menor Puede provocar cierta dureza; requiere precauciones
3.º Cuarta aumentada / quinta disminuida (tritono) —
Secundarios Séptima menor y novena mayor —
Problemático Segunda menor Destruye el equilibrio sonoro; solo en tiempos no acentuados
Esta jerarquía se aplica a los intervalos armónicos (verticales) que definen el sonido atonal del sistema. Los mismos intervalos son también los más característicos en el plano melódico (horizontal), según la Regla 20. Cuando el texto de Falk no especifica la dimensión, el contexto siempre determina si se refiere al plano vertical u horizontal.

Percepción melódica (§9)

La música atonal bien escrita debe aumentar la percepción melódica (horizontal). Cada voz debe poder escucharse de forma independiente. Se busca una polimelodía perceptible pese a la audición también vertical de los acordes disonantes.

Reglas generales
§ Reglas 1–20

Reglas Generales

Estas veinte reglas constituyen el núcleo técnico del sistema y se aplican a cualquier número de voces. Las reglas específicas para dos, tres y cuatro voces se suman a éstas, no las sustituyen.
Regla 1

Contrapartida atonal

Ninguna nota puede volver a escribirse mientras no haya sonado alterada (un semitono arriba o abajo) en cualquier otra voz y en cualquier octava. Eso es la contrapartida atonal.

La alteración puede ser en cualquier octava y en cualquier voz del conjunto.
Regla 2

Contrapartida por enarmonía

La contrapartida atonal puede realizarse por enarmonía (p. ej. LA# tomado como SIb) a condición de que la línea melódica permanezca coherente. Si el sinsentido melódico impide que el oído perciba la relación, la neutralización no funciona y la enarmonía no es válida.

Un intervalo enarmónico incoherente en la línea no sirve como contrapartida aunque las alturas sean equivalentes.
Regla 3

Duración mínima de la contrapartida

Para ser aceptada, la contrapartida atonal debe tener:

  • Al menos la mitad del valor de la nota a neutralizar cuando ésta se encuentra en tiempo acentuado.
  • Al menos la misma duración en los demás casos.
A mayor duración de la contrapartida respecto a la nota neutralizada, más sólida es la neutralización.
Regla 4

Contrapartida atonal simultánea

Cuando una nota suena al mismo tiempo que su contrapartida atonal (intervalo mínimo: séptima mayor o novena menor, nunca segunda menor), ambas notas se neutralizan y cualquiera de ellas puede repetirse después de al menos un tiempo de separación.

  • El intervalo armónico entre la nota y su contrapartida simultánea debe ser al menos séptima mayor o novena menor; nunca segunda menor.
  • Una nota así neutralizada puede repetirse inmediatamente en otra voz (a distancia de al menos una octava), siempre que esa nota repetida lleve también su propia contrapartida atonal simultánea.
  • Esta repetición inmediata es más admisible si la contrapartida simultánea se produce entre las partes extremas (soprano–bajo), sea cual sea la nota.
Regla 5

Repetición de nota en distinta voz sobre tiempo acentuado

Está prohibido volver a oír una nota a la misma altura en una voz distinta sobre tiempo acentuado si la separación es menor de dos compases, aunque tenga contrapartida atonal.

Excepción: Para que sea admisible en esas condiciones, la contrapartida atonal debe realizarse a la misma altura y sobre tiempo acentuado, en cualquier voz.

  • Cuando solo una de las dos apariciones está en tiempo acentuado, la Regla 5 no se aplica.
Los compases a 5/4 y 7/4 cuentan como dos compases a efectos de esta regla. Ver §15 para la escritura rigurosa, donde esta regla se aplica con más severidad incluso en tiempos no acentuados.
Regla 6

Prohibición de acordes clasificados

No puede escribirse ningún acorde clasificado (tríadas mayores, menores, aumentadas o disminuidas), ningún acorde alterado, y ningún acorde disonante cuyo origen tonal se sobreentienda fácilmente, ya sea por enarmonía, en tiempo acentuado o no acentuado.

Esta regla se aplica en todos los tiempos sin excepción. Un acorde de sexta formado sobre parte débil está igualmente prohibido.
Regla 7

Octava, unísono y segunda menor

Se admiten todos los intervalos armónicos excepto:

  • Octava (y su duplicación, el unísono): prohibida en todos los casos, acentuados o no.
  • Segunda menor armónica: no admitida más que en tiempos no acentuados.

Excepción: Las octavas producidas por una duplicación sistemática y deliberada de una voz para reforzarla sí están admitidas.

A partir de tres partes: todos los intervalos armónicos admitidos excepto octava, unísono y segunda menor armónica (esta última, admitida no acentuada).
Regla 8

Obligación de séptima mayor o novena menor en acordes acentuados

Todo acorde disonante acentuado contendrá obligatoriamente un intervalo armónico de séptima mayor o de novena menor (o los dos).

  • En defecto de estos intervalos, excepcionalmente puede haber una cuarta aumentada (o quinta disminuida) armónica, pero obligatoriamente entre partes extremas (soprano–bajo).
  • Dos acordes disonantes consecutivos de este tipo (solo con cuarta aumentada armónica, sin séptima mayor ni novena menor) están prohibidos.
Regla 9

Repetición de notas

Está prohibido repetir notas, excepto cuando existe una intención rítmica muy característica, en cuyo caso se trata como nota tenida.

No abusar de este recurso.
Regla 10

Intervalos armónicos válidos en solitario

Cuando un intervalo armónico suena sin que otras voces lo contextualicen (es decir, «en solitario», sin apoyo vertical de otras partes):

EstadoIntervalos armónicos
Válidos sin restricción Séptima mayor, novena menor, cuarta aumentada / quinta disminuida
También admitidos solos Séptima menor, novena mayor, segunda mayor
Prohibidos en solitario Tercera (mayor y menor), cuarta justa, quinta justa, segunda menor
  • Los intervalos armónicos prohibidos en solitario se admiten cuando una de sus notas lleva contrapartida atonal en nota tenida, aunque el valor sea largo.
«En solitario» significa que el intervalo armónico no queda integrado en un contexto vertical más amplio que lo justifique (p. ej., en un pasaje a dos voces sin otras partes que refuercen el sonido).
Regla 11

Salto melódico de octava

El salto melódico de octava solo es practicable cuando va acompañado, en la misma voz y de forma consecutiva, de sus dos contrapartidas atonales melódicas: la séptima mayor y la novena menor.

Estas séptima mayor y novena menor son intervalos melódicos (en la misma voz, no verticales).
Regla 12

Arpegio

El arpegio se acepta cuando cada una de sus notas comporta una contrapartida atonal.

Regla 13

Bordadura

La bordadura está admitida con una o dos contrapartidas atonales de la nota real.

El efecto es más satisfactorio con dos contrapartidas atonales.
Regla 14

Imitaciones

Se admiten las imitaciones a condición de que el consecuente contenga exclusivamente notas distintas a las del antecedente.

  • Excepción: El consecuente puede repetir notas del antecedente, pero cada nota repetida debe llevar su propia contrapartida atonal.
  • La reproducción integral del antecedente con las mismas notas (a cualquier octava) está siempre prohibida.
  • El consecuente jamás debe comenzar sobre la misma nota que el antecedente.
Regla 15

Voz que reaparece tras silencio

Cuando una voz calla, no puede volver a aparecer en la misma nota aunque lo haga en otra octava, excepto si la pausa excede ocho compases.

Regla 16

Cuarta justa en partes graves

Cuando un intervalo armónico de cuarta justa se encuentra en las partes graves, la voz inmediatamente superior no puede añadir una nota que genere a tres voces un acorde clasificado, excepto si las partes extremas están en contrapartida atonal simultánea.

Regla 17

Ataque tras silencio

Después de un silencio no se puede atacar una nota que haya sonado en el acorde disonante precedente, ni en una parte vecina ni entre partes extremas, incluso con contrapartida atonal.

Regla 18

Cromatismo alterno entre voces vecinas

Dos voces vecinas no deben entorpecerse con un cromatismo alterno: por ejemplo, FA# en el alto seguido inmediatamente de FA en la soprano a la misma octava.

El inconveniente desaparece si la contrapartida se desplaza de octava (FA# grave en el alto, por ejemplo).
Regla 19

Notas idénticas sobre acentos

Debe evitarse que en una misma línea melódica aparezcan notas idénticas sobre los acentos. El acento melódico puede recaer sobre cualquier tiempo; la barra de compás no lo determina automáticamente.

Se consideran «fuertes» los tiempos marcados por el batido del compás, y «acentuados» los acentos melódicos que pueden aparecer en cualquier parte del compás.
Regla 20

Intervalos melódicos admitidos

Se admiten todos los intervalos melódicos excepto el salto de octava, que se acepta condicionalmente (ver Regla 11).

  • Los intervalos melódicos de séptima mayor y novena menor son particularmente válidos y caracterizan bien el estilo atonal. También son excelentes la cuarta aumentada (quinta disminuida) melódica y las séptimas o novenas melódicas en dos saltos disjuntos.
  • Sin embargo, su uso demasiado sistemático da una línea melódica excesivamente brusca. Deben encuadrarse en movimientos menos extensos.
Particularidades
§ Particularidades

Particularidades del sistema

Bajo (§10–11)

En el sistema atonal el bajo no tiene el papel funcional que tiene en la tonalidad. Cualquier nota excepto la del canto es válida como bajo, lo que ofrece once posibles arranques.

Los bajos escritos a séptimas mayores o novenas menores armónicas respecto a la línea superior son particularmente buenos, a condición de no sistematizarlos. A dos partes esta sistematización es necesaria; a tres o más, no.

«Séptimas mayores o novenas menores» aquí se refiere al intervalo armónico (vertical) entre el bajo y la voz superior, no a movimientos melódicos del bajo.

Tema (§12–13)

Un tema puede contener notas idénticas, observando las reglas de contrapartida atonal. Se recomienda no abusar de las repeticiones o alejarlas lo máximo posible, excepto en el caso de la bordadura.

Los temas con los doce sonidos son excelentes, muy acordes con el estilo atonal y más fáciles de realizar porque no contienen notas iguales.

Equilibrio de las voces (§14)

El estilo atonal exige la mayor equidistancia posible entre las voces para poder separar claramente cada línea y asegurar una sonoridad plena, no atropellada por intervalos armónicos demasiado estrechos. Esta es la razón principal por la que la segunda menor armónica acentuada está prohibida.

Escritura atonal rigurosa (§15–17)

La escritura rigurosa consiste en aplicar la Regla 5 con mayor severidad: la repetición de una nota en la misma octava no está admitida incluso en tiempos no acentuados. Las dos apariciones de la misma nota deben separarse al menos dos compases, salvo que la contrapartida atonal se produzca en la misma octava en cualquier voz.

En principio la escritura rigurosa solo se aplica en los ejercicios, como gimnasia técnica. En composición, la Regla 5 ordinaria es suficiente. Los ejemplos del tratado están todos en estilo riguroso.

Acentos (§18–19)

Falk no considera automáticamente fuertes los primeros tiempos de cada compás. La barra de compás no es significativa en sí misma. El acento melódico puede estar sobre cualquier tiempo y su determinación depende del contexto melódico, entendido como elemento de puntuación de la frase.

Formas de escritura atonal
§19–21

Formas de escritura atonal

Falk distingue cinco formas principales de escritura atonal que pueden combinarse en una misma obra:

NºForma
1ªForma contrapuntística (la más característica del estilo)
2ªContrapunto rítmico nota contra nota
3ªCanto armonizado
4ªCanto armonizado y contrapunteado
5ªParte libre integrada en una de las formas precedentes

Forma contrapuntística (§20–21)

Es la forma más característica del estilo atonal. El contrapunto será florido: todos los ritmos (excepto los cojos) están admitidos, incluyendo las superposiciones rítmicas binarias y ternarias. Conviene especialmente a la música de cámara, aunque también es válida para la orquesta.

Bien escrita, con gran variedad de ritmos, debe permitir la percepción simultánea de las diferentes líneas melódicas, como negativos fotográficos en sobreimpresión.

Reglas específicas
§22–27

Reglas específicas: Contrapunto a dos voces

Estas reglas se aplican únicamente al contrapunto a dos partes, en su forma contrapuntística. Se suman a las 20 reglas generales.

Reglas del §23

§23 — 1ª

Intervalos armónicos acentuados obligatorios

Todos los intervalos armónicos acentuados serán obligatoriamente una séptima mayor, una novena menor o, excepcionalmente, una cuarta aumentada (o quinta disminuida) armónica.

Consecuencia directa: a dos voces siempre hay que tener uno de estos dos intervalos esenciales entre las dos únicas partes, que son también las partes extremas. La obligación de §29 (que a partir de tres voces desaparece) aquí es total.

§23 — 2ª

Restricción sobre la cuarta aumentada

El empleo de la cuarta aumentada o quinta disminuida como intervalo armónico acentuado será excepcional. Nunca puede aparecer para comenzar ni para terminar el ejercicio o la composición.

§23 — 3ª

Intervalos armónicos no acentuados

En tiempos no acentuados, todos los intervalos armónicos están admitidos excepto la octava y el unísono (siempre prohibidos según la Regla 7).

§23 — 4ª

Regla de la nota tenida

La restricción de intervalos sobre nota tenida (movimiento oblicuo) depende del tiempo métrico:

Tiempos NO acentuados: todos los intervalos armónicos son libres excepto la octava y el unísono. Las terceras, cuartas, quintas y sextas armónicas son perfectamente utilizables cuando la nota atacante cae en tiempo débil, aunque la otra voz tenga una nota tenida. Fernández Vidal (pp. 192–193) corrobora explícitamente este uso libre.

Tiempos acentuados: los intervalos sobre nota tenida se limitan a:

  • Séptimas mayores y menores armónicas
  • Novenas menores y mayores armónicas
  • Cuartas aumentadas / quintas disminuidas armónicas
  • Segundas mayores armónicas (la segunda menor solo si no está acentuada)

⚠ No confundir con la regla de tiempos acentuados en general (§23-1ª): la restricción anterior solo aplica cuando hay movimiento oblicuo (nota tenida) y el ataque se produce en tiempo acentuado.

Conducta melódica del contrapunto (§27)

Para la conducta melódica del contrapunto a dos voces, Falk remite expresamente a la Regla 20: todos los intervalos melódicos admitidos, con preferencia por las séptimas mayores, novenas menores y cuartas aumentadas melódicas, y evitando el exceso de saltos bruscos.

Extensión de los ejercicios

Cada ejercicio tendrá entre 12 y 20 compases. Salvo indicación contraria, se escribirán para las voces, pudiendo superar ligeramente los límites vocales indicados en los tratados de armonía.

§28–33

Reglas específicas: Contrapunto a tres voces

Se añaden las siguientes reglas a las generales. La obligación de la Regla §23-1ª (séptima mayor o novena menor armónica entre partes extremas) desaparece a partir de tres partes.

Reglas del §28

§28 — 1ª

Intervalos armónicos admitidos

Todos los intervalos armónicos serán admitidos incluso acentuados, excepto la octava y el unísono (prohibidos siempre) y la segunda menor armónica (admitida solo no acentuada).

Condición irrenunciable: el acorde disonante acentuado debe contener obligatoriamente un intervalo armónico de séptima mayor o de novena menor (o los dos), en cualquier par de voces.

§28 — 2ª

Novena armónica entre las dos voces superiores

Debe evitarse el intervalo armónico de novena entre las dos voces superiores (soprano-contralto / contralto-tenor en su caso), excepto cuando el movimiento melódico sea muy característico y su interés musical pueda compensar el desequilibrio.

Fernández Vidal precisa que «evitar» debe entenderse como «utilizar con precaución», no como prohibición absoluta, pues Falk mismo lo emplea esporádicamente en sus ejemplos.
§28 — 3ª

Novena menor (y mayor) armónica entre partes extremas

El intervalo armónico de novena menor (y también el de novena mayor) entre las partes extremas no siempre es posible: a veces genera un acorde clasificado entre las tres voces. Debe comprobarse caso por caso antes de utilizarlo.

§28 — 4ª

Séptimas mayores armónicas entre partes extremas

El mismo inconveniente que con la novena en el punto 3ª se produce con ciertos intervalos armónicos de séptima mayor entre partes extremas: pueden generar acordes clasificados a tres voces. Deben evitarse en esos casos.

Exención de la obligación de partes extremas (§29)

A partir de tres voces desaparece la obligación de que el intervalo armónico entre partes extremas sea una séptima mayor o una novena menor. Basta que cada acorde disonante acentuado contenga, en cualquier par de voces, al menos un intervalo armónico de séptima mayor o novena menor, conforme a la Regla 8 general.

§34–36

Reglas específicas: Contrapunto a cuatro voces

§34

Sin reglas nuevas

Falk declara explícitamente que no hay ninguna regla nueva para el contrapunto a cuatro partes. Se aplican las mismas reglas que para tres voces.

§35

Supresión de la restricción sobre la novena entre voces superiores

Las restricciones del §28-2ª (evitar la novena armónica entre las dos voces superiores) no existen a cuatro partes. El intervalo armónico de novena entre el segundo y el primer soprano, o entre contralto y soprano, queda completamente liberado en la escritura a cuatro voces.

§36

Vigencia de la regla §28-1ª

La primera regla del contrapunto a tres partes (todo acorde acentuado debe contener un intervalo armónico de séptima mayor o novena menor) sigue siendo válida para cuatro voces sin modificación.

Otras formas de escritura atonal
§42–48

Contrapunto rítmico nota contra nota

Es una forma rítmica a cappella en la que todas las voces tienen un ritmo idéntico, con raras excepciones. Es corriente en Debussy y es la forma predominante en el jazz.

Reglas del §44

§44 — 1ª

Movimiento

Las partes procederán por movimiento contrario o directo.

§44 — 2ª

Movimiento directo

El movimiento directo de las cuatro voces es posible pero debe ser excepcional.

§44 — 3ª

Nota larga con movimiento parcial

Cuando una nota suena en las cuatro partes y su valor es igual a cuatro veces la unidad de tiempo mínima de la pieza, una sola voz puede moverse con ese movimiento mientras las demás mantienen la tenida.

Esta forma es válida para orquesta, piano y música de cámara (§45). Sin embargo, Falk aconseja no emplearla demasiado frecuentemente ni durante demasiado tiempo en una composición, pues se opone a la polifonía contrapuntística que es el elemento más característico del estilo atonal (§46).

§49–53

Canto armonizado

Forma puramente armónica: una línea de canto es armonizada por acordes disonantes atonales cuyas notas suenan simultáneamente. La línea de canto se trata como un canto dado de ejercicio de armonía y se deja absolutamente aparte.

Falk la reconoce como «la forma más simple y la menos rica de todas». Conviene especialmente a la melodía, que puede expandirse libremente con un sostén armónico disonante.

§54–56

Canto armonizado y contrapunteado

Forma mixta, armónica y contrapuntística, más rica que la anterior por el movimiento que pueden hacer las voces. Permite una cierta polimelodía y algunos dibujos imitativos. Aunque es de esencia armónica, supera la rigidez del canto armonizado puro.

§57–61

Parte libre integrada

Se puede añadir una parte libre en cualquiera de las formas anteriores (excepto en la forma contrapuntística) para facilitar la ejecución o para una voz o instrumento solista.

Reglas del §59

§59 — 1ª

Timbre diferenciado

La parte libre debe estar escrita para una voz a solo o para un instrumento de timbre diferente al del conjunto.

§59 — 2ª

Duplicación sin bajo

La parte libre puede duplicar una nota (o varias seguidas) del acorde disonante, pero jamás junto al bajo, sea cual sea la octava.

§59 — 3ª

Movimiento libre

Puede moverse libremente sin dejar más intervalos armónicos al descubierto que los permitidos por las reglas generales.

§59 — 4ª

Uso frecuente

Se emplea frecuentemente con el canto armonizado y el canto armonizado y contrapunteado.

§59 — 5ª

Solo acompañado

El solo vocal o instrumental acompañado por piano u orquesta se trata en general como parte libre.

§59 — 6ª

Sin estilo riguroso

No hay estilo riguroso con parte libre.

§59 — 7ª

Exclusión de la forma contrapuntística

No se puede integrar una parte libre en la forma contrapuntística.

Secciones especiales
§76–77

Monodia atonal

La escritura a una sola voz exige reglas suplementarias porque no hay otras voces que puedan destruir mediante contrapartida la sensación tonal sobreentendida. Sin ellas, incluso una línea con intervalos atonales puede resultar tonal si se estructura de determinada manera.

En toda esta sección de monodia, todos los intervalos mencionados son exclusivamente melódicos (horizontales), ya que se trata de escritura a una sola voz.
§77a

Intervalos melódicos admitidos sin restricción

Los intervalos melódicos que no requieren ninguna justificación adicional son:

  • Séptima mayor
  • Novena menor
  • Novena mayor
  • Cuarta aumentada / quinta disminuida
§77b

Intervalos melódicos admitidos con contrapartida

Todos los demás intervalos melódicos (excepto la octava) están admitidos cuando la segunda nota del intervalo hace contrapartida atonal con una nota que haya sonado anteriormente, con al menos dos notas con altura entre medias (los silencios no cuentan) y a una distancia máxima de dos compases enteros.

§77c

Giro melódico de novena menor en tres notas

Los intervalos melódicos no libres también están admitidos cuando forman parte de un giro melódico unidireccional de tres notas que abarca globalmente una novena menor.

Excepción: si ese giro recuerda un acorde de novena arpegiado (es decir, si la sucesión melódica dibuja un acorde clasificado), está prohibido. Toda serie de notas que dibuje un acorde clasificado está rigurosamente prohibida.

§77d

Cuartas justas melódicas en sucesión

Una sucesión de cuartas justas melódicas es admitida a condición de que haya al menos tres seguidas.

Importante (§77d bis): la segunda cuarta melódica no puede ser de mayor duración que la primera. La duración igual o decreciente es la única admisible.

§77e

Cuarta justa melódica junto a cuarta aumentada melódica

La cuarta justa melódica también está admitida cuando va seguida o precedida de una cuarta aumentada melódica. Esta combinación es especialmente buena porque genera implícitamente una séptima mayor.

§77f

Prohibición del cromatismo melódico

El cromatismo melódico de tres semitonos sucesivos o más está prohibido en monodia atonal.

§77g

Temas con doce sonidos

Los temas con los doce sonidos son particularmente propicios para el género monódico, ya que la compleción cromática asegura la variedad necesaria y evita de forma natural la repetición de alturas.

Estas reglas, indispensables para la escritura a una voz, pueden también constituir una base para la construcción de una línea melódica atonal a varias voces, sin que por otra parte sea obligatorio.
§78–84

Escritura orquestal

La escritura orquestal exige interpretar ciertas reglas por el hecho de los distintos timbres y la potencia más o menos grande de los instrumentos.

§79–80

Contrapartida atonal orquestal

La contrapartida atonal solo se acepta cuando está emitida por un instrumento de timbre igual o superior de una familia diferente, o por un conjunto de instrumentos suficientemente potentes para asegurar la neutralización de manera adecuada.

Una nota de un trombón no puede ser neutralizada por un violín ni por un conjunto de violines; se necesitaría añadir algunas maderas. Dentro de una misma familia instrumental, los instrumentos se aseguran la contrapartida atonal entre ellos.

§81

Segunda menor armónica acentuada en orquesta

El roce de segunda menor armónica (intervalo vertical entre dos instrumentos que suenan simultáneamente) se admite incluso acentuado cuando está emitido por instrumentos de familias diferentes. No obstante, Falk advierte que no conviene aprovechar esta posibilidad para generalizar estos roces; deben seguir siendo excepcionales.

§82

Timbales

Los timbales se emplearán muy libremente. Pueden duplicar una nota cuando constituyen un apoyo, especialmente en el refuerzo o la prolongación de los bajos.

§83

Instrumentos no válidos para contrapartida

El piano, el arpa, la celesta, el xilófono y similares no pueden servir en ningún caso para la contrapartida atonal de un instrumento de cuerda, madera o metal.

§84

Pensar en orquesta

Es absolutamente necesario en el estilo atonal orquestal «pensar en orquesta» para poder aplicar correctamente las reglas anteriores. Las diferencias de timbre y potencia determinan cuándo una contrapartida es efectiva.

§70–75

Acorde pantonal

El acorde pantonal está constituido por los doce sonidos del modo atonal superpuestos. Representa el máximo de atonalidad posible en un instante vertical.

§71

Escritura amplia y equidistante

La escritura será lo más amplia y equidistante posible.

§72

Evitar la segunda menor armónica

Se evitará cuidadosamente todo intervalo armónico de segunda menor.

§73

Estado fundamental

El estado fundamental de este acorde puede considerarse constituido por la superposición de cuartas justas.

§74

Repetición de notas

A pesar del atonalismo absoluto del acorde pantonal, se deberá evitar la repetición de notas en las mismas voces antes y después de él.

§64–68

Mezcla de atonalismo y tonalismo

Mezclar ambos estilos es posible pero delicado. Lo que se llama «falta de armonía» es precisamente la mezcla desconsiderada de modos musicales.

§66

Condición para la mezcla

La mezcla es posible a condición de evitar en el estilo tonal los acordes de séptima y novena de dominante, los acordes sobre tónica y los de cuartas y sextas sobre dominante, por su gran precisión tonal.

§67

Modos gregorianos

Los modos gregorianos están mucho más cerca del modo atonal que los modos clásicos (mayor/menor). Una sección modal gregoriana convive mejor con el estilo atonal que una sección claramente tonal.

§68

Prudencia en el paso entre estilos

En todo caso, se actuará con mucha prudencia en el paso de un estilo a otro.

Referencias
AP-7

Bibliografía

Tesis doctoral

Tesis doctoral Vidal, C. F. (2020, 30 abril). Estudio comparativo de tres propuestas didácticas de contrapunto no tonal en el siglo XX: La técnica atonal de Julien Falk, el contrapunto disonante de Charles Seeger y el contrapunto dodecafónico de Ernst Krenek. [Tesis doctoral, Universidad de les Illes Balears, Facultad de Filosofía y Lletres]. http://hdl.handle.net/11201/152198

Libros

Libro Vidal, C. F. (2012). Música no tonal: Las propuestas de J. Falk y E. Krenec (Vol. 31). Universitat de València.
Libro Vidal, C. F. (2018). Técnicas Compositivas Antitonales. Estudio de tres tratados de Contrapunto. Piles, editorial de música.

Inventario elaborado a partir de la traducción de Technique de la Musique Atonale de Julien Falk, por Carme Fernández Vidal.

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